Trámite que tiene por objeto autorizar el cambio de destino de parte o de la totalidad de una edificación que cuente con permiso de edificación sin alteraciones en su estructura.
Requisitos
Los contemplados en:
- La Ley General de Urbanismo y Construcciones
- La Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones
- Plan Regulador Comunal y plan regulador Inter-comunal de Huasco.
- Ordenanzas Locales
Etapas del trámite:
- Formulario Solicitud de Cambio de Destino, firmado por el propietario, el arquitecto patrocinante.
- Certificado de Informaciones Previas/ Ruralidad.
- Título y Patente Vigente del Arquitecto patrocinante, y de todos los profesionales que intervienen en el proyecto.
- Si se solicita cambio de destino de solo una parte de la edificación se debe presentar planta de arquitectura donde se grafiquen claramente las superficies que requieren cambio de destino y cuales mantienen destino aprobado previamente.
Si para el mencionado cambio de destino de la edificación se requiere alterar o ampliar el edificio existente, se deben ingresar todos los documentos indicados para solicitud de obra menor, modificación, demolición, alteración o permiso de edificación según corresponda.
Datos a considerar:
- El Arquitecto o el mandante deberá ingresar en la Dirección de Obras la solicitud para su revisión por parte de la DOM. El tiempo de revisión reglamentario es de 15 días a partir de la fecha consignada en el ingreso.
- En el caso que la DOM emita observaciones, el arquitecto patrocinante o el mandante debe retirarla solicitud, contando con 60 días corridos desde el retiro del expediente para reingresar correctamente la solicitud con la subsanación de las observaciones formuladas.